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Formación Fotocasa: medidas antiocupación

05-10-2020

La semana pasada asistimos en directo y de manera online a la formación ofrecida por el portal nacional Fotocasa en materia de ocupación. Gracias a D. José Piñar, abogado del despacho Piñar Moreno, entendimos de manera clara la normativa vigente y las soluciones a la ocupación de viviendas. 

Como agencia inmobiliaria nos vemos en la obligación de formarnos en este sentido, no podemos dejar escapar la oportunidad de entender los procedimientos de actuación y las medidas que deben tomarse en un tema tan delicado y que permanece en constante actualidad desde hace unas semanas.

Piñar explicó a la perfección la diferencia entre ocupar una vivienda habitual o una vivienda vacía, y es que en el primer caso no se considera ocupación si allanamiento, por lo que el desalojo será inmediato. En el caso de que los ocupantes habiten en viviendas vacías, el proceso de desocupación es más tardío debido a los procedimientos que hay que llevar a cabo y la demora de los propios juzgados.

Entendimos también la necesidad de que se entienda que no se debe hacer una contraocupación de una vivienda ocupada, ya que en ese caso se cometería otro delito, y la sensibilidad de las empresas de desocupación, que pueden llegar a rozar el delito de coacciones.

Así, se desmintieron los mitos de que hay que reocupar la vivienda antes de las 48h, o que debemos ocupar nosotros la vivienda. Y por supuesto, Piñar explicó la diferencia entre los procesos judiciales civil y penal por los que se puede perseguir el delito de ocupación. Por otra parte, como agencia inmobiliaria tenemos la misma obligación que cualquier otro ciudadano de denunciar en el caso de encontrar una vivienda ocupada.

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